Poderes judiciales. Independencia judicial. Cuestionadas.

  • Jorge E. Franco Jiménez

 

 

La lucha contra la corrupción ahora se concentra en los poderes judiciales de ambos niveles, federal y de los estados. como replica de la política nacional, que inició una campaña de fuertes críticas a jueces y ministros de la Suprema Corte por sus altas pagas asignadas a ese cargo, por estar de alguna manera comprometidos con organizaciones delincuenciales a los que brinda protección a cambio de beneficios económicos así como por obstaculizar con suspensiones las medidas decretadas por el ejecutivo u otorgar protección de la justicia federal a delincuentes.

El Consejo de la Judicatura Poder Judicial del Poder Judicial de la Federación presentó una denuncia en contra de exmagistrado Isidro Avelar Gutiérrez ante el Ministerio Público Federal quien recabó pruebas de su presunta responsabilidad y un Juez dictó prisión preventiva justificada por el riesgo de que evada de la justicia; inicialmente se le imputa el delito de enriquecimiento ilícito, permaneciendo internado en el Centro Federal de Readaptación Social. Entre las imputaciones que se han publicitado se encuentra el haber liberado de manera irregular, en 2016, a Rubén Oseguera González, hijo de Nemesio Oseguera Cervantes, el Mencho, líder del cártel Jalisco Nueva Generación.

Un suceso que ha motivado la suspensión de jueces y la investigación de un magistrado del poder Judicial de la Ciudad de México es el relacionado con el reciente homicidio de Abril Cecilia Pérez Sagaón asesinada de dos balazos, que ponen en la mira como probable participe a su exesposo, Juan Carlos García, que se presume, como resultado de las agresiones que cometió golpeándola con un bate, tratar de degollarla con un instrumento punzo cortante e intentó de estrangulación; se libró de ser privada de la vida con la ayuda de uno de sus hijos.

Abril Cecilia Pérez obtuvo el divorcio, su exesposo Juan Carlos, en principio, procesado por homicidio en grado de tentativa, posteriormente logra que el juez Federico Mosco González reclasifique los hechos aduciendo que no hubo intento de homicidio, porqué la víctima estaba dormida ya que si la hubiera querido matar, lo hubiere hecho estando despierta, por lo cual el delito no era el inicial, sino violencia familiar; el magistrado Héctor Jiménez López ordena cambiar la medida cautelar y el juez Carlos Trujillo Rodríguez es quien lo pone en libertad.

El Poder Judicial de la ciudad de México comunicó que los jueces de control Federico Mosco y Luis Alejandro Díaz que estaban suspendidos en el ejercicio de sus funciones, tras difundirse el homicidio de Abril Cecilia Pérez; al juez Carlos Trujillo Rodríguez, quien no consideró como grave el hecho de que el acusado golpeó a su esposa con un bate de beisbol y luego la intentara degollar con un bisturí. El Ministerio Público de la capital investiga a los jueces Carlos Trujillo Rodríguez y Federico Mosco González, así como el magistrado Héctor Jiménez López, cuyas resoluciones permitieron salir de prisión a Juan Carlos García.

En Oaxaca el Ejecutivo del Estado patentizó en reciente acto, su interés por erradicar del Poder  Judicial del Estado la corrupción de juzgadores que se aparten, en su actividad jurisdiccional, de los cauces constitucionales y legales, lo cual incentiva que el quehacer de estos se lleve a cabo con responsabilidad sobre todo en materia de violencia intrafamiliar, tanto de orden civil como penal,  pues estos hechos son comunes, sin que las herramientas jurídicas e institucionales sean aplicadas de manera oportuna y conveniente, ante el temor que muestran algunos juzgadores para decretarlas o hacerlo de manera sesgada, omisiones o acciones, que pueden tener consecuencias como las que ahora se hacen públicas respecto del homicidio de Abril Cecilia Pérez no obstante que pueden prevenirse oportunamente.

Lo difundido provoca un profundo rechazo de la comunidad, sin embargo, podemos apreciar dos formas distintas de trato en lo que se refiere al magistrado federal y los jueces del fuero común de la Ciudad de México. En cuanto al primero, el Consejo de la Judicatura Federal primero investigó y formuló la denuncia respectiva, aportó datos y se recabó información, obteniéndose la judicialización y la orden de aprehensión, la cual una vez ejecutada fue cuando se dio a conocer el hecho; respecto a los jueces del fueron común se procedió a la inversa pues ya se difundieron las imputaciones que ya fueron juzgadas por la opinión publica y aun no se han judicializado ni se han formulado imputaciones formales ante un juez de garantías.

El trato diferente y su consecuencia puede originar constitucional y legalmente resultados contradictorios por viciarse los datos o evidencias al darse a conocer anticipadamente como se argumento en el juicio de amparo de Florence Cassez en la que se otorgó la protección federal con el efecto de que obtuviera de inmediato su libertad y en la ponencia se ponderaron diversos valores en cuanto a los derechos humanos, siendo relevante uno, entre otros, en el sentido de que la Constitución no prevé que se juzgue a una persona anticipadamente ni contaminar los datos y evidencias que se recaben.

Otra repercusión negativa que tienen estos hechos, es que alteran la independencia de los jueces pues la propia Suprema Corte ha señalado que “No se trata de que los jueces vivan en una torre de cristal, aislados del entorno social y político, sino que sus decisiones atiendan a una racionalidad propia, la que se deriva de la regla de derecho y del proceso contradictorio en que se desenvuelve la función jurisdiccional y no a mandatos, ´presiones o injerencias, directas o indirectas, de otros agentes.” Es de preverse, ojalá no ocurra, el endurecimiento de las decisiones de los órganos judiciales por el temor de los juzgadores de ser imputados públicamente, lo que menoscabara la tutela, protección y garantía de los derechos humanos del gobernado.

Estos actos patentizan que el sistema de procuración y administración de justicia no pueden cumplir con eficiencia y eficacia la condiciones constitucionales y legales a que tiene que sujetarse, cuando no cuentan con el elemento esencial, un presupuesto adecuado, ahora disminuido, que le permita asegurar los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para su optima funcionalidad.

Siguen cautivas de manera indirecta a presiones e injerencias d otros agentes.

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