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El Tribunal Electoral ordena bajar el informe de 100 días de AMLO

Además, se le ordenó al INE abrir una investigación por la conducta de concesionarios y del vocero de la presidencia, Jesús Ramírez.

CDMX.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exhortó al presidente Andrés Manuel López Obrador a ajustarse a la ley y a la Constitución, y no emitir propaganda gubernamental prohibida durante los siete días que restan al proceso electoral.

Con esa medida los magistrados dieron por acatada la sentencia emitida el pasado 26 de mayo por la Sala Superior del Tribunal, en la que le ordenó establecer las responsabilidades y en su caso sanciones que correspondan, pues el presidente violó los artículos 41 y 134 de la Constitución.

Esas infracciones se cometieron con la emisión, el 30 de marzo, de los “Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno”, celebrado en Palacio Nacional, pues fue –apunta la sentencia– propaganda gubernamental personalizada mientras había campañas en seis estados: Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis y Sonora.

Así, tal como lo denunció el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el mandatario vulneró la Constitución y por ello los magistrados de la Sala Especializada emitieron un exhorto para que ajuste su conducta a la ley.

Se dio también por acreditado el uso de recursos públicos por la logística de las transmisiones y el empleo de personal y equipo.

“No obstante que el presidente es responsable, se razona que no se califica su actuar pues está dentro del régimen especial", ya que carece de superior jerárquico y sólo podrá ser juzgado por traición a la patria y delitos electorales y graves, lo que no es el caso, sino que son delitos de naturaleza administrativa y electoral, explicó el magistrado Luis Espíndola.

Por ello, solo se le hizo el exhorto y se ordenó a Jesús Ramírez, vocero y titular de comunicación social, que retire la publicación del evento denunciado de las redes sociales del gobierno hasta que concluya la jornada electoral.

Además, se envió el caso a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE) para que eventualmente se abra o no un procedimiento, por la conducta de este funcionario o de los concesionarios que difundieron la propaganda prohibida, y se les garantice el debido proceso.

La magistrada Gabriela Villafuerte Coello emitió un voto particular, pues a su juicio debió darse vista al Congreso de la Unión sobre la sentencia en que se determinó la responsabilidad del presidente.

Si lo exhortamos nos colocamos fuera de lo aplicable, “es exceder las facultades de la Sala Especializada” –expuso– y por el contrario el Congreso –a su criterio- “es el órgano que podría determinar la responsabilidad que pudiera tener, penal, administrativa”.

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