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Equidad y género motivo de nulidad en elecciones: Segego
Huajuapan de León, Oax.- Tomás Acevedo Rosas, coordinador regional de la Secretaría General de Gobierno (Segego) en la Mixteca, mencionó que en coordinación con el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), se están realizando reuniones para orientar a las autoridades en relación a la equidad y género que puede ser motivo de nulidad en algunas elecciones.
El principio de equidad y género contempla la integración de mujeres en las planillas de las comunidades que eligen a sus autoridades a través de los sistemas normativos internos y por lo tanto en comunidades en las que no se respete este principio pueden causar la nulidad de la elección, por lo que mediante la orientación previa se espera prevenir conflictos en este sentido, explicó.
Estos trabajos ya se realizaron en una primera etapa en distritos como: Nochixtlán, Huajuapan, Tamazulapan, Putla y ahora toca en turno para Juxtlahuaca. Y en donde haya necesidad se realizaran reuniones necesarias con la intención de prevenir inconformidades, detalló.
En esta materia el IEEPCO ha coadyuvado para que en las asambleas comunitarias permitan a las mujeres de los pueblos a tomar parte en las decisiones de la vida comunitaria ya sea como autoridades municipales o como parte de los grupos que toman decisiones.
En el tema de los partidos políticos la Ley está definida, pero esto es muy diferente para el Sistema Normativo Interno antes conocido como Usos y Costumbres. Por ello en el IEEPCO existe un compromiso de que se respete la paridad de género en candidaturas que se rigen por la vía de partidos políticos, así como en los 417 municipios que se rigen por el Sistema Normativo Indígena.
Organismos como la Segego y el IEEPCO tienen la obligación de garantizar la paridad de género en el registro de candidaturas a cargos de elección popular que estarán en juego en el proceso electoral indígena a desarrollarse de septiembre a noviembre de 2016, por ello se está poniendo énfasis en el asesoramiento previo para que no se presenten inconformidades y conflictos posteriores a las elecciones, explicó.
Aseveró que otro requisito que se debe cubrir previo a celebrarse una elección por usos y costumbres es el incluir a todas las agencias que integran a los municipios que se rigen por estos sistemas.
En algunas comunidades se acostumbra que las agencias no tengan voz y voto en las asambleas donde efectúan la elección de sus autoridades sin embargo se ha estado asesorando a diversas poblaciones por esto ya debe quedar superado porque en las elecciones deben participar todos los ciudadanos que pertenecen a cada municipio.
Se espera que a través de estas pláticas de sensibilización dirigidas a las comunidades se logren superar conflictos postelectorales si los hubiera ya que hasta el momento ningún municipio que se rija por el Sistema Normativo Interno se considerado como “foco rojo”, finalizó, Acevedo Rosas.