Plazo razonable. Justicia familiar y justicia cotidiana
- Jorge E. Franco Jiménez
En este periodo de preparación, entrega recepción, con motivo del cambio de titular del Poder Ejecutivo del Estado, la administración central está inactiva lo que contraria al mandato constitucional de hacer lo que la ley le manda en favor de la población para para dedicarse. El Gobernador busca la mejor imagen de salida, pagando su costo en los espacios en que difunde lo positivo de su gestión; por otra parte, en contraste, se anuncia que el pago de los adeudos, están vinculados a que el gobierno federal le sumiste el apoyo para cubrirlos; las ventanillas se cierran y se acumulan las exigencias de los proveedores, sin que tengan la certeza de su pago, salvo aquellos debida y anticipadamente amarchantados.
El ramo de la administración de justicia se contamina por cuestión refleja o efecto cucaracha manifestándose en los tribunales que tienen que ver con la cuestión de controversias familiares que giran alrededor del paradigma del interés superior del menor y la familia, en su desempeño ágil y ajustadas a los parámetros constitucionales que derivan de los artículos constitucionales 2 y 17 que dan sustento a toda la legislación que se aplica en este tipo de conflictos que, por cierto se han multiplicado.
La difusión de los avances en este rubro de justicia en el estado han entrado en el mismo esquema de la administración central, la lentitud, el rezago, el fastidio y la apatía de los o las que la imparten en la primera instancia y la revisan en la segunda, ya sea a través de quejas y apelaciones, pues la justificación se sustenta en un pretexto que contraria los principios constitucionales, como son el exceso de trabajo, la insuficiencia de personal y del material, llegando al absurdo de afirmar que como no se les suministran, los jueces los compran o incluso se solicita a los litigantes que los proporcionen; esto implica que el plazo razonable para resolver estos asuntos, dependa de la voluntad de quién tiene a su cargo la decisión.
En la revista Mundo del Abogado, se publicó un trabajo de Rubén Sánchez Gil en el que opina: "En resumen, las autoridades mexicanas están obligadas a: 1) instituir órganos jurisdiccionales del orden familiar, 2) que sean suficientes para desahogar su importante carga de trabajo con “diligencia excepcional”, y 3) tomar las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otra índole adecuadas para ello. Es muy cierto que la eficacia de los derechos se halla estrechamente vinculada con las posibilidades presupuestales pero, con una expresión que por inercia cubre a los demás tópicos de la justicia familiar, el Comité de Derechos del Niño de la ONU destacó que “el proceso presupuestario debe asegurar que los derechos de los niños y de las niñas sean una consideración primaria, y realizar el gasto público necesario para respetar, promover, proteger y satisfacer (fulfill) estos derechos en los niveles nacional y subnacional”.
Agrega que: "El principio de no regresividad impide alegar gratuitamente la falta de recursos para reducir el gasto público destinado a la impartición de justicia familiar y que asegure su plena eficacia. Para justificar una medida que hace involucionar un derecho, el Estado debe demostrar que su actuación reductora en realidad supone promover otro derecho, y que la regresión del derecho menoscabado se da pese a que usó todos los recursos a su disposición para evitarla. Las políticas públicas que inciden negativamente en los derechos, particularmente los que habían alcanzado cierto nivel, no pueden adoptarse de modo arbitrario."
Pone énfasis en que es el estado el obligado a contar con una estructura funcional en este delicado rubro para que resuelva con la “diligencia y celeridad excepcional” que les corresponde. Al respecto el plazo razonable en el Estado de Oaxaca ha adquirido tal flexibilidad que se torna irrazonable y una expresión evidente de negativa a una justicia pronta y expedita y del interés superior del menor, contemplados en la Constitución que seguramente será motivo de propuestas y acciones por los sectores profesionales que transitan en la realidad de su práctica diaria.
Por ello es relevante la propuesta del Presidente Enrique Peña que busca a nivel nacional reducir los aspectos negativos en lo que toca a la administración de justicia que ha denominado cotidiana, la que el ciudadano pide y vive cada día, y en la que sus derechos de acceso pleno pronto y expedito, están plagados de obstáculos burocráticos, financieros, conjuntados con la falta de una estructura funcional y adecuada, con jueces de diligencia y de resolución, apoyados con secretarios especializados y con la mentalidad que exige esta rama especializada.
La propuesta Presidencial busca homologar el esquema procedimental de La administración de Justicia, sustentada en los avances tecnológicos que inhiban la distancia entre quien la pide y quien la otorga, como ya lo está haciendo la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En mi opinión la iniciativa se enfoca en un hecho evidente, como lo es la disparidad de los instrumentos jurídicos que se aplican en las entidades de la república y de las estructuras y presupuestos, lo que ha tenido como consecuencia que regionalmente se distingue por su pobreza y corrupción, en otras transita en lo mediano y en algunas es eficiente.
Se finca en “Un México donde haya justicia, además de pronta, expedita e imparcial, algo muy importante: que haya justicia eficaz; donde la justicia sea una realidad cotidiana y donde la justicia jale parejo para todos”; propone: 1. Crear, a nivel constitucional, el Sistema Nacional de Impartición de Justicia, lo que permitirá una mayor articulación entre los Poderes Judiciales y los demás órganos del Estado Mexicano que imparten justicia.
Entre otros temas se cita el fortalecer la independencia de los poderes judiciales locales, así como sus órganos de administración, vigilancia y sanción. Crear un Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, para unificar en todo el país las reglas en esta materia. Para fomentar que la mayoría de los conflictos se resuelvan sin tener que llegar a juicio. Para ello, se prevé establecer una Ley General de Medios Alternos de Solución de Conflictos. Así como una Ley General de Justicia Itinerante, para que la Justicia llegue a todo México, que la justicia esté al servicio de los que más la necesitan.
Estimo que la realidad de la Administración de Justicia en Oaxaca y otras entidades, impulsara un mecanismo de estructura en la que tendrán preponderancia los poderes federales, como ocurrió con la Justicia Electoral, el Instituto Nacional Electoral y ya se propone en Justicia Laboral, lo que implicara una adecuación del Sistema Federal Mexicano.