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Continúa vigente esquema para controlar aforos en el sector comercial: Ayuntamiento de Oaxaca

En semáforo amarillo los establecimientos están obligados a cuidar el aforo máximo, así como respetar cabalmente las disposiciones.

Oaxaca de Juárez, Oaxaca. Ahora que el estado de Oaxaca retornó a indicador amarillo en el semáforo de riesgo epidemiológico, el Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez reitera el llamado a no bajar la guardia, a seguir observando las medidas sanitarias, y específicamente a los sectores empresarial y comercial les recuerda que continúa vigente el Esquema de reapertura de actividades económicas por nivel de riesgo epidemiológico (bit.ly/2WuS7Gv).

Este esquema establece que, en semáforo amarillo, los establecimientos con giros de venta de alimentos preparados y bebidas no alcohólicas, pueden funcionar con un aforo máximo del 70 por ciento. En tanto que bares y antros, así  como aquellos con licencias de cantinas, cervecerías, mezcalerías, centros botaneros, discotecas, centros nocturnos y salones de eventos sociales del sector privado podrán funcionar con un aforo máximo del 50 por ciento, el horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas se restringe hasta las 24:00 horas y con estricto apego a los Lineamientos técnicos específicos para la reapertura de la actividad comercial en el municipio de Oaxaca de Juárez.
 
Por otra parte, las escuelas del sector privado de todos los niveles podrán operar en la modalidad de educación a distancia o bajo las disposiciones que emitan las autoridades competentes.

Además, los establecimientos que prestan servicios de higiene personal como: estéticas, peluquerías y barberías, spa y centros de masaje, así como clínicas de belleza, funcionarán con un aforo máximo del 60 por ciento. Los comercios al por menor con actividades no esenciales como venta de: artículos deportivos, para el hogar, línea blanca, muebles y electrodomésticos, de papelería, perfumería, novedades y regalos, servicios de alquiler para eventos sociales, venta de telas y artículos de bonetería, entre otros, podrán funcionar con un aforo máximo del 70 por ciento.

Comercios con actividades de recreación y esparcimiento sin venta de bebidas alcohólicas como: gimnasios y clubes deportivos del sector privado, gotcha, boliches, albercas, baños públicos, billares, videojuegos, escuelas de disciplinas deportivas y academias de baile, podrán funcionar a un máximo del 60 por ciento de su capacidad.

 

Los cines operarán con un aforo máximo del 60 por ciento. Mientras que teatros, celebración de eventos sociales, balnearios, centros de diversiones y juegos infantiles del sector privado tienen permitido operar a un 50 por ciento de su capacidad.

El esquema contempla que los establecimientos de control especial con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada tales como: expendios de mezcal; producción y distribución de cerveza artesanal, depósitos de cerveza, vinos y licores y tiendas de abarrotes, el aforo permitido es del 70 por ciento y tendrán horario restringido para la venta de bebidas alcohólicas hasta las 21:00 horas.

En tanto, las tiendas de autoservicio, supermercados con venta de alcohol en botella cerrada, así como comercios englobados en este concepto, pueden prestar el servicio con  un 60 por ciento de su capacidad; de igual manera se restringe el horario para la venta de bebidas alcohólicas hasta las 21:00 horas.  

Los establecimientos de control especial con venta de bebidas alcohólicas en botella abierta como: restaurantes con venta de bebidas alcohólicas solo con alimentos, restaurantes-bar, café-bar, billares, boliches y similares con venta de bebidas alcohólicas, su operatividad se dará con un aforo máximo del 70 por ciento. El horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas se restringe hasta las 22:00 horas.

Centros comerciales y tiendas departamentales deberán funcionar con un aforo máximo de 60 por ciento, además deberán establecer filtros sanitarios para el acceso, así como medidas que eviten aglomeraciones en áreas comunes.

En cuanto a los servicios de hospedaje sin licencia para venta de bebidas alcohólicas tienen autorizado operar a un 60 por ciento de su capacidad. Aquellos que cuentan con licencia para la venta de bebidas alcohólicas deberán respetar también el 70 por ciento de aforo máximo, mientras que el horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas se restringe hasta las 22:00 horas.   

Finalmente, referente a los mercados públicos, estos podrán funcionar con un aforo máximo del 60 por ciento y el comercio en tianguis y en vía pública podrá operar con un aforo reducido que evite aglomeraciones.

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