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Tribunal ratifica método de elección en Santa María Atzompa
Oaxaca, Oax.- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ratificó el dictamen DESNI-IEEPCO-CAT-003/2019 que aprueba el método de Asambleas Comunitarias Simultáneas para la elección de las autoridades municipales de Santa María Atzompa en el periodo 2020 – 2022, protegiendo los derechos colectivos de esta comunidad indígena, así como los derechos políticos electorales de la ciudadanía.
Resultado del análisis y estudio de los juicios electorales acumulados JNI/14/2019, JNI/15/2019, JNI/16/2019, JN/17/2019 y JNI/18/2019, y dada la falta de solidez y legitimidad en la demanda, los magistrados del Tribunal Electoral votaron porque “prevalezcan los derechos colectivos de la comunidad indígena, sobre los derechos políticos electorales de los vecinos de agencias y colonias, los cuales --señala la resolución—NO ESTÁN SIENDO RESTRINGIDOS NI AFECTADOS, ya que los ejercerán de una forma dinámica”.
El dictamen aprobado por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), el pasado 10 de abril de 2019, señala que el gobierno municipal de Santa María Atzompa será electo por el método de Asambleas Comunitarias Simultáneas donde participarán TODOS los ciudadanos de este municipio, acorde a sus normativas tradicionales.
También establece que estará conformado por nueve concejales, haciendo un total de 18 entre suplentes y propietarios; de los cuales, la cabecera municipal elegirá a los cuatro primeros concejales, propietarios y suplentes, es decir, ocho integrantes, mientras que los 10 restantes serán seleccionados en un proceso de sorteo donde participarán las agencias con cuatro representantes y las colonias con seis.
Dentro de los principales objetivos que tiene la modificación al proceso de elección es el TERMINAR CON LOS CONFLICTOS SOCIALES Y POLITICOS que ha ocasionado el método de planillas que se empleó durante el 2013 y 2016, generando graves conflictos dentro de la comunidad.
Por ello, el máximo órgano de justicia electoral del estado, votó por la paz y estabilidad en Santa María Atzompa, privilegiando su derecho a preservar las instituciones indígenas de usos y costumbres que dan sustento a su libre autodeterminación.
Antecedentes
Hasta el 2010 el sistema normativo interno del municipio de Santa María Atzompa se basaba en la autonomía comunitaria, siendo el sistema de la cabecera el que determinaba la composición del Ayuntamiento.
En el proceso electoral de ese año hubo conflictos sociales que provocaron el nombramiento de un administrador municipal por todo el trienio, por lo que para los procesos 2013 y 2016 se decidió emplear el método de planillas, boletas y urnas, situación que complicó la situación política dentro de la comunidad.
Para evitar que se continuara degradando el tejido social a causa de los conflictos políticos, el 8 de junio de 2018, la autoridad municipal de Santa María Atzompa notificó al IEEPCO sobre la consulta ciudadana que se realizaba en agencias y colonias, para definir el método de elección de sus representantes para el trienio 2020-2022.
En septiembre de 2018 las autoridades municipales solicitaron una prórroga para poder presentar las reglas de elección a cada una de las asambleas comunitarias, la cual fue otorgada por el IEEPCO el 4 de octubre del mismo año.
El primero de diciembre de 2018 se presentó la convocatoria por escrito a las y los ciudadanos de Santa María Atzompa, para que el día domingo 16 de diciembre se realizará la Asamblea General Comunitaria Simultánea, para presentar y en su caso aprobar, el método de elección de las autoridades municipales para el trienio 2020 - 2022.
Resultado de estas asambleas, con la participación de más de tres mil ciudadanos, se levantaron 17 actas que daban constancia de la convocatoria y la respuesta de la población.
Las propuestas votadas fueron: Propuesta 1.- Mantener el sistema de planillas, que obtuvo 1,055 votos; Propuesta 2.- Elección por Asambleas Comunitarias Simultáneas, por la que votaron 1,675 ciudadanos, siendo esta última la que se presentó ante los órganos electorales locales para su registro.
El 10 de abril de 2019, el IEEPCO mediante el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-17/2019 aprobó y ordenó la publicación del dictamen número DESNI-IEEPCO-CAT-003/2019, en el que identifica el método de elección de las autoridades municipales de Santa María Atzompa, el cual se rige por su sistema normativo indígena.
La demanda
El 16 de abril de 2019, un grupo de ciudadanos inconformes que decían pertenecer a Santa María Atzompa, presentaron ante el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, sus escritos de demanda en contra del acuerdo aprobado por el IEEPCO, en el cual establece que las autoridades municipales para el periodo 2020-2022, serán electas por medio de Asambleas Comunitarias y con una distribución de cargos con base en sus procesos autónomos.
Los demandantes señalan que dicho método violenta sus derechos político-electorales de votar y ser votados, por lo que solicitaron se siga empleando el método de planillas, argumentando supuestos vicios en el proceso de consulta y determinación del nuevo modelo.
Por su parte las autoridades municipales presentaron las actas de asambleas comunitarias que, en una mayoría representativa, eligieron cambiar el método para seleccionar a sus representantes por medio de las Asambleas.
Resolución del TEEO
Al encontrar infundadas y carentes de validez las demandas de los inconformes encabezados por Genaro Balmes Durán, originario de La Cañada y dueño de empresas constructoras, mismas que pretende imponer para realizar las obras del municipio; Gilberto Hernández Santiago, natural de Miahuatlán de Porfirio Díaz; Melitón Lavariega Torres, ex candidato a la presidencia municipal de Oaxaca de Juárez; Jaime Román Bautista Lucas, quien fuera candidato independiente a la diputación por el distrito Ixtlán de Juárez y Ángel Leodegario Espinosa Hernández, los magistrados del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca POR UNANIMIDAD desecharon los medios de impugnación presentados y confirmaron el dictamen del IEEPCO, para que las elecciones en Santa María Atzompa se lleven a cabo a través de Asambleas Generales con la participación de colonias y agencias.
Dentro de su estudio, los juristas exponen que priorizar los derechos político-electorales de los vecinos de las agencias y colonias, por encima de la subsistencia de la comunidad indígena de Santa María Atzompa, “es lo mismo que llevarlo a su inminente exterminio” y, por lo tanto, contribuir al etnocidio del pueblo creador del Barro Verde.
Indicaron que el derecho de Santa María Atzompa a vivir en libertad, paz y seguridad como pueblo distinto, es preferible al derecho de votar y ser votados de los y las ciudadanas que habitan en las colonias y agencias, que no conforman el núcleo de población de la comunidad indígena.
Más aún, los quejosos y desestabilizadores del Municipio, en voz del propio TEEO, CREDENCIAL DE ELECTOR EN MANO, NI SIQUIERA SON RADICADOS DE SANTA MARÍA ATZOMPA, es inconcebible pues, que estas personas ávidas de poder pretendan terminar con la paz de una comunidad con identidad propia y de orígenes ancestrales, mismos que el TEEO ha ratificado como de mayor valor que el alegato de unos cuantos.
Por último, la resolución sostiene que debe respetarse la voluntad soberana de Atzompa, por la que decidió perfeccionar su Sistema Normativo Interno a modo de tomar en cuenta a la ciudadanía de las agencias y colonias en la representación de su gobierno municipal, “porque coincidieron en buscar la paz social y de esa manera la comunidad indígena aspira a seguir viviendo como pueblo distinto”.