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Pide Defensor a la CPI de La Haya sancionar posibles crímenes de Estado en Oaxaca

Durante 2006 y 2007.

El Defensor de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, Arturo Peimbert Calvo acudió junto con varias víctimas de posibles crímenes de lesa humanidad de dicha entidad, a la Corte Penal Internacional (CPI) de La Haya a fin de poner en conocimiento de ese tribunal la situación acaecida en la ciudad de Oaxaca de Juárez y zona conurbada entre el mes de mayo de 2006 y agosto de 2007, cuando ocurrió una serie de hechos que dan cuenta de la aplicación de una política para cometer crímenes por parte del Estado Mexicano, asunto que es competencia de dicha Corte.

La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca informa que dicha acción de su titular se efectuó con base en el artículo 15 del Estatuto de la Corte Penal Internacional.

El organismo defensor añadió que el documento entregado ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional presenta el análisis de varios hechos ocurridos en ese estado del sur de México, en un periodo de 15 meses, en los cuales se cometieron presuntas ejecuciones arbitrarias, desapariciones forzadas, tortura y detenciones arbitrarias, que demuestran los patrones de sistematicidad y la política por parte del Estado Mexicano para generar terror entre la población mayoritariamente indígena.

Treinta ejecuciones extrajudiciales, trescientas once detenciones arbitrarias, doscientos cuarenta y ocho casos de tortura documentada y comprobada, así como la desaparición forzada de por lo menos dos personas, son parte de la información sobre presuntos crímenes de lesa humanidad que la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca entregó a la Corte Penal Internacional.

Para  la Defensoría, durante este periodo, el Estado empleó en la entidad oaxaqueña a las instituciones encargadas de la seguridad pública para idear e instrumentar planes de asedio en los que se formaron y se emplearon a grupos armados ilegales que tuvieron el objetivo de causar terror y desmovilizar a la población inconforme. Dichos grupos tomaron la forma de “caravanas de la muerte” que atacaban durante la noche a la población civil, cometiendo asesinatos, desapariciones forzadas y tortura, es decir, posibles crímenes de lesa humanidad, de acuerdo con la definición del artículo 7 del estatuto de Roma, subrayó la instancia defensora.

Conociendo esta información, y constatando que de los hechos analizados no se ha identificado a ningún presunto perpetrador, ni autoridad sobre quien recaiga una responsabilidad mayor, que hayan sido presentados ante la justicia civil en el Estado Mexicano, la Defensoría recurre a la Corte Penal Internacional para que se inicie la investigación respectiva y los presuntos crímenes no queden en la impunidad.

Para la Defensoría, la construcción de una sociedad democrática en nuestro país solo será posible si las víctimas de los crímenes del pasado son reivindicadas en sus derechos mediante actos de verdadera justicia. El organismo defensor señala que la justicia que expone lo vedado, la que señala culpables, la que explica el porqué de los abusos, la que expone la complicidad, la que elimina la impunidad, es la justicia que dignifica y que restituye su humanidad a quienes han sido víctimas, permitiendo a éstas creer en que son parte de una nueva sociedad.

La Defensoría señaló que pese a que las autoridades mexicanas (entre las cuales se cuenta al ex gobernador Ulises Ruiz Ortiz y a los ex presidentes Felipe Calderón Hinojosa y Vicente Fox Quezada) fueron omisas para investigar estos crímenes y frenaron también la intervención de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el organismo y las víctimas acudieron a la Corte Penal Internacional a fin de poder solicitar la investigación de los hechos sujetándose a los Estatutos de Roma, bajo los cuales los crímenes de lesa humanidad no prescriben.

Finalmente, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca detalló que para la construcción de la presente comunicación se basó en el “Informe de la Comisión de la Verdad sobre los hechos que motivaron las violaciones a los derechos humanos al pueblo oaxaqueño en 2006 y 2007”; asimismo, en la Recomendación 15/07 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre el caso de la Sección XXII del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación y de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca del 23 de mayo de 2007, y la “Investigación de posibles violaciones graves a los derechos humanos «Caso Oaxaca»” de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de 2007.

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