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Vigila y promueve SENASICA las buenas prácticas en el campo oaxaqueño

Se autoriza el uso de glifosato en acciones urbanas de jardinería agrícola.

Oaxaca, Oax.- La SAGARPA mediante el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) reitera que en base a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) se autoriza el uso de glifosato en acciones urbanas, de jardinería agrícola, en particular en este último para la destrucción de malezas de los cultivos de maíz, frijol, trigo, cítricos, tomate, vid, sorgo y papa, entre otros.

Explica además que el glifosato es un herbicida sistémico no selectivo de amplio espectro, utilizado para eliminar pastos anuales y perennes, malezas anuales de hoja ancha y especies leñosas en sistemas agrícolas, pecuarios, forestales y otros.

Lo anterior en respuesta a la información publicada este lunes 15 de octubre en un periódico de la capital de Oaxaca de Juárez, donde se asegura que la SAGARPA entregó herbicidas que contienen glisofato, sustancia considerada por la OMS como probable carcinogeno.

Al respecto, el SENASICA reafirma su compromiso de proteger los recursos agrícolas, acuícolas y pecuarios de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria y económica, y además regular y promover la aplicación y certificación de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación de los alimentos y la calidad agroalimentaria de estos, para facilitar el comercio nacional e internacional de bienes de origen vegetal y animal.

En este sentido, el SENASICA explica que para el caso particular del producto de nombre comercial CAYAANA, formulado por la empresa Agricultura Nacional, la COFEPRIS otorgó el número de registro RSCO-HEDE-0230-006-013- 041 con vigencia indeterminada.

Informa que además este producto está clasificado en la categoría toxicológica IV para su uso en el control de malezas en los cultivos de acelga, ajo, alcachofa, alfalfa, maíz, sorgo, apio, avena, berenjena, cacahuate, calabaza, cebada, cebolla, centeno, chabacano, chicharo, chile, ciruelo, cítricos, coliflor, durazno, espinaca, frijol, jitomate, lechuga, manzana, melón, mostaza, nogal, papá, pastos, pepino, peral, rábano, sandía, soya, trigo, zanahoria, entre otros, agregó.

Destaca que el registro sanitario otorgado a los plaguicidas, garantiza eficacia y seguridad en el producto registrado, y es requisito necesario para su proceso en México.

Además tiene como objeto poder determinar que los productos son ambientalmente aceptables, seguros, eficaces y son formulados con ingredientes activos y procesos de calidad.

Además que para el trámite del registro es necesario que los interesados presenten la siguiente información:

Información administrativa.

 Información técnica.

 Propiedades fisicoquímicas.

 Propiedades toxicológicas.

 Propiedades ecotoxicológicas.

 Propiedades relacionadas con el uso (eficacia biológica, límites máximos de residuos y etiqueta del producto).

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