- Salud
Pide Defensoría a IMSS que deje de postergar la intervención quirúrgica requerida por adolescente
Oaxaca.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca solicitó medidas cautelares dirigidas al delegado en Oaxaca del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a fin de garantizar el derecho a la salud del adolecente B. C. C., quien espera ser intervenido quirúrgicamente en el Hospital Zona 1 de dicha institución.
La Defensoría inició el expediente DDHPO/2377/(01)/OAX/2016 tras la comparecencia de la ciudadana Y. C. O., quien reclamó probables violaciones a los derechos humanos de su hijo B. C. C., atribuibles al médico J. H. B., adscrito al del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Por ello, la Defensoría solicitó al delegado del IMSS en Oaxaca la adopción de una medida cautelar a fin de que instruya al médico J. H. B., del área de jefatura de Traumatología, para que, de no existir impedimento, de manera inmediata disponga realizar la intervención quirúrgica que estaba programada para el joven B. C. C.
En la misma medida cautelar, la Defensoría solicitó que al adolescente B. C. C. se le continúe proporcionando la asistencia médica que requiera, pues en caso contrario se pondría en riesgo su estado de salud.
La defensoría pidió a la autoridad que en un plazo de 24 horas emita un informe sobre la aceptación o no de la medida cautelar planteada, y en caso afirmativo, remita las constancias de las actuaciones que el IMSS hayan realizado para su cumplimiento, a fin de enviar dicha información a la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
La Defensoría del Pueblo de Oaxaca señaló que el artículo 1° de la Constitución Política Federal establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
En su queja, la madre de B. B. C. manifestó al personal del organismo autónomo que su hijo ingresó a dicho hospital el 31 de octubre por fractura del tercio medio de clavícula derecha, y fue dado de alta el 3 de noviembre con egreso transitorio, en tanto le realizaban una intervención quirúrgica agendada para las 15:00 horas del 15 de noviembre de este año.
La quejosa agregó que en la fecha y hora señalada llegó acompañada de su hijo a la Unidad Médica de Atención Ambulatoria de dicho hospital, en donde el joven fue preparado para la cirugía. Sin embargo, a las 17:00 horas les informaron que la operación ya no se realizaría, debido al ingreso de dos urgencias con las que ocuparon los únicos dos quirófanos en funcionamiento.
La quejosa expuso que una enfermera le indicó que acudieran al día siguiente a la jefatura de traumatología para que le dieran nueva fecha para la cirugía de su hijo. Agregó que, pese a que ha acudido a dicho hospital en diversas ocasiones, aún no se le programa una nueva fecha para realizar la operación de su hijo.
Por ello, la quejosa solicitó la intervención del organismo autónomo para solicitar que se realice la intervención quirúrgica que requiere su hijo, ya que al ingresarlo al IMSS le dijeron que era urgente intervenirlo, sin que a la fecha se haya realizado dicha acción.