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Defensoría pide respeto a los derechos humanos en Camotlán, Villa Alta, por intolerancia religiosa

Familiares denunciaron violaciones a derechos humanos.

Oaxaca.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca solicita respeto a los derechos de libertad de conciencia y religión de L. N. P., vecino de la agencia de La Chachalaca, perteneciente a Camotlán, Villa Alta, a quien las autoridades de ese lugar le prohíben asistir a reuniones de su fe religiosa a la población de Ayozintepec.

La Defensoría inició el expediente de queja número DDHPO/1014/(27)/OAX/2015 el 9 de julio último tras la comparecencia del ciudadano agraviado, quien denunció a las autoridades de la agencia municipal La Chachalaca, por prohibirle al quejoso asistir a reuniones de la fe cristiana en Ayozintepec, con la amenaza de privarlo de su libertad porque en dicha agencia “está prohibido profesar una religión distinta a la católica”.

El quejoso narró al personal del organismo defensor que el 4 de julio fue privado de su libertad en los separos municipales de esa población por 48 horas, durante las cuales el agente de la policía le dijo que tendría que firmar un acta en la que se comprometía a dejar de profesar la religión cristiana, o de lo contrario, “el pueblo tomaría decisiones drásticas”.

Ante esta queja, la Defensoría solicitó el informe correspondiente a las autoridades municipales de Santiago Camotlán, con copia a las autoridades de la agencia de La Chachalaca, además de que el organismo autónomo emitió medida cautelar a efecto de que se respete el derecho de L. N. P para profesar la religión que éste elija.

En el expediente que inició la Defensoría, registró que L. N. P. se quejó de que al negarse a firmar el acta en que renunciaba a su fe cristiana, lo desconocieron como ciudadano de La Chachalaca.

Por ello, la Defensoría solicitó nuevamente una medida cautelar dirigida a la Secretaría General de Gobierno (Segego), al municipio de Santiago Camotlán y a la agencia de La Chachalaca a efecto de que realicen acciones tendientes a la solución del problema religioso que afecta al quejoso.

La Defensoría informó que el 23 de julio último la Segego aceptó la medida cautelar en vía de colaboración.

Sin embargo, el 20 de agosto, el agente de La Chachalaca rindió informe en que manifestó que el 23 de julio su cabildo sostuvo una reunión con personal de la Dirección de Asuntos Religiosos de la Segego y que el 31 de ese mismo mes el ciudadano L. N. P. no se había presentado para informar si había decidido reingresar como ciudadano, aceptando las condiciones impuestas por los ciudadanos de esa comunidad.

El organismo defensor informó que el 20 de agosto último el representante de la Asociación Ministerio Evangélico Embajadores de Cristo A. R. informó a personal del organismo defensor que el agente municipal de La Chachalaca ordenó a la directora de la escuela primaria de esa comunidad no reinscribir al presente ciclo escolar a los hijos del ciudadano L. N. P.

Ante ello, la Defensoría inició un expediente de queja contra dicha servidora pública y solicitó el informe y la medida cautelar correspondiente al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), así como a las autoridades del municipio de Santiago Camotlán y la agencia de La Chachalaca. Dicha medida cautelar fue aceptada por el IEEPO el 25 de agosto.

El 27 de agosto último, personal del organismo defensor se constituyó en la agencia de La Chachalaca para participar en una reunión general de ciudadanos en la cual estuvo presente personal de la Dirección de Asuntos Religiosos de la Segego. Sin embargo, tanto la autoridad como los ciudadanos se negaron a respetar los derechos del quejoso y de sus hijos.

El 1 de septiembre último, vía telefónica, el organismo tuvo conocimiento de que L. N. P. fue nuevamente privado de su libertad en La Chachalaca.

Ante ello, personal de la Defensoría se comunicó con el agente de la policía de La Chachalaca, quien manifestó que la detención del ciudadano L. N. P. se debió a que éste salía de la población y regresaba a altas horas de la noche, lo cual está estrictamente prohibido para las y los habitantes de dicha comunidad. Agregó que a las siete de la noche lo dejaría en libertad.

Luego de la llamada telefónica que personal de la Defensoría mantuvo con el agente de la policía de La Chachalaca, la institución tuvo conocimiento de que L. N. P. quedó en libertad hasta las nueve de la noche del 3 de septiembre, pero que en asamblea general de ciudadanos se determinó que tiene que firmar una acta en la que consta que es su voluntad salir de la población y que en una reunión convocada para este viernes 4 de septiembre, el ciudadano L. N. P. tiene que dar respuesta sobre si firma o no dicho documento.

 

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