- Seguridad
Auto de formal prisión a 17 vándalos electorales en Oaxaca
Oaxaca.- El Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Oaxaca, en la causa penal 30/2015, informa que dictó auto de formal prisión por el delito de portación de bomba motolov, previsto y sancionado en los artículos 83, fracción III y 11 inciso h) de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a 17 de personas por los hechos ocurridos el 7 de junio de 2015, en los que se destruyeron y quemaron boletas y urnas que se encontraba en las casillas electorales que se ubicaban en las instalaciones del Voluntariado del DIF Estatal; en el inmueble ubicado en el número 314 de la calle de Abasolo, esquina con Pino Suarez; en las calles de García Vigil y Matamoros y en la calle de Independencia, así como en otras avenidas del centro de la ciudad de Oaxaca.
El órgano jurisdiccional informa también que a esas misma 17 personas se les dictó auto de libertad por el delito de terrorismo, previsto en el artículo 139 fracción I, con la agravante prevista en el párrafo segundo fracción I del citado numeral del Código Penal Federal, al operar la causa excluyente de delito denominada imperfección típica, contemplada en el artículo 15, fracción II del Código Penal Federal.
Por otra parte, el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Oaxaca, da a conocer que a ocho personas más que le fueron consignadas por los mismo hechos, se les suspendió el término constitucional hasta que se desahogara la declaración preparatoria de éstos, toda vez que se auto-adscribieron a diversas etnias indígenas de esta entidad, a fin de no violentar su garantía de defensa en su calidad de indígenas y de contar con un defensor público federal bilingüe que conozca la lengua y costumbres de la comunidad de origen y vecindad de los indiciados de mérito para que los asista en las diligencias que se desahoguen en todo el proceso penal.