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IAIP Oaxaca ordena a instituciones públicas y ayuntamientos proporcionar información
Oaxaca de Juárez, Oax.- En la Décimo Segunda Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIP) analizó y resolvió 39 recursos de revisión presentados por personas que se inconformaron ante la respuesta o falta de ésta a las solicitudes de información.
De los recursos de revisión presentados, nueve corresponden a la ponencia del comisionado Fernando Rodolfo Gómez Cuevas y 30 a la ponencia de la comisionada presidenta María Antonieta Velásquez Chagoya. En cuanto al sentido de las resoluciones a estos recursos de revisión, nueve fueron sobreseídos, en siete se confirmó la respuesta, en ocho se modificó o revocó la respuesta y en 15 se requirió la entrega total de la información solicitada.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.148/2020, se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) deberá proporcionar clasificación por tipo, objeto de gasto del recurso federal de los años 2016 y 2017, mientras que en la resolución al asunto R.R.A.I.0382/2020/SICOM se ordenó a este sujeto obligado, realizar una búsqueda exhaustiva sobre el gasto mensual en servicios de sanitización y en gastos de productos para protección anti-covid.
En esta sesión ordinaria se resolvieron dos recursos de revisión que involucran al Tribunal de Justicia Administrativa; en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0138/2020/SICOM se modificó la respuesta de este sujeto obligado y se le ordenó realizar una búsqueda exhaustiva en sus archivos a efecto de localizar la información solicitada sobre la designación de los magistrados; mientras que en la resolución R.R.A.I.0093/2021/SICOM se pidió proporcionar copia de la convocatoria al pleno de este tribunal en donde se determinó la no reincorporación de la persona señalada en la solicitud.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0496/2020/SICOM, se ordenó a la Secretaría General de Gobierno proporcionar copia de su Reglamento Interno en formato editable.
Respecto a la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0107/2021/SICOM, el IAIP ordenó a la Secretaría de Administración informar cuantos inmuebles renta el Gobierno Estatal en las ocho regiones y cuánto paga anualmente por estos inmuebles.
En cuanto a la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0191/2021/SICOM, el Consejo General del IAIP ordenó a la Defensoría Pública del Estado de Oaxaca proporcionar información referente al programa de intérpretes y promotores interculturales en 2020 y 2021.
En lo que corresponde a la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0099/2021/SICOM, los comisionados del IAIP ordenaron a la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca entregar información respecto de la políticas y estrategias anticorrupción implementadas en las contrataciones públicas.
En la resolución al recurso de revisión de la R.R.A.I.0449/2020/SICOM, el IAIP revocó la respuesta emitida por la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) y le ordenó proporcionar en versión pública digital copia del título profesional de los servidores públicos señalados en la solicitud de información, modificando así la clasificación de esta información que había realizado el sujeto obligado.
Respecto a este recurso de revisión, el comisionado Fernando Rodolfo Gómez Cuevas ponente de este asunto, consideró que el IAIP debe ser sensible en la preocupación ciudadana por conocer que las personas que ostentan los cargos públicos, correspondan a las mismas que aparecen en las fotografías de los documentos que certifican su situación académica, por lo que se comparte la importancia de hacer público tal dato.
Por lo anterior, Gómez Cuevas consideró procedente revocar la respuesta y la clasificación de la información y se ordena al sujeto obligado a que proporcione en versión pública digital sin costo copia del título profesional de los servidores públicos señalados en la solicitud de información sin testar las fotografías de los servidores públicos, además en la elaboración de la versión pública referida, debe testarse únicamente información que podría advertirse como confidencial, de conformidad con el proyecto de resolución.
Ayuntamientos deben proporcionar datos solicitados
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.146/2020, el IAIP ordenó al H. Ayuntamiento de Acatlán de Pérez Figueroa proporcionar copia del expediente de la obra identificada como pavimentación de la calle Constitución ubicada en este municipio.
En esta sesión ordinaria, el Consejo General del IAIP resolvió dos recursos de revisión que involucran al H. Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino, en el asunto R.R.A.I.0459/2020/SICOM se ordenó proporcionar copias de los estados financieros trimestrales de 2019, información sobre impuesto predial y recolección de basura y tabulador de sueldos y salarios de 2019, mientras que en el número R.R.A.I.0253/2021/SICOM se pidió proporcionar el Plan Municipal de Desarrollo y el avance de su cumplimiento en indicadores y nómina del municipio para el año 2020.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.027/2021 el IAIP ordenó al H. Ayuntamiento de San Pedro Ixtlahuaca informar el cargo o puesto que desempeñan u ostentan cada uno de los siete concejales suplentes del periodo 2020-2022 dentro del Municipio, así como el sueldo que perciben.
Al resolver el recurso de revisión R.R.A.I.0121/2021/SICOM, los comisionados del IAIP ordenaron al H. Ayuntamiento de Salina Cruz proporcionar la declaración patrimonial del C. Presidente Municipal.
Respecto a la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0181/2021/SICOM, el IAIP ordenó al H. Ayuntamiento de Cuilápam de Guerrero proporcionar el informe de las obras realizadas durante el ejercicio fiscal 2020 (costo, ubicación, metas y beneficiarios), así como acciones realizadas para atender pandemia Covid-19.
También se resolvieron dos recursos de revisión en contra del H. Ayuntamiento de Santa María Huatulco, en la resolución al asunto R.R.A.I.0207/2021/SICOM se ordenó proporcionar las declaraciones de situación patrimonial que haya presentado y actualizado el ex presidente municipal, mientras que en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0215/2021/SICOM, se ordenó proporcionar información sobre los contratos de obra pública y el gasto para la construcción del mercado 3 de mayo.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0217/2021/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Andrés Huayápam debe proporcionar información de la vacunación para prevenir Covid-19.
Secretaría de Finanzas debe entregar información
En esta sesión ordinaria, el Consejo General del IAIP resolvió varios recursos de revisión que involucraron a la Secretaría de Finanzas (SEFIN). En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.195/2020, se determinó que la SEFIN deberá proporcionar versión pública digital del o los acuerdos de ministración al ejecutor del gasto del programa estatal “Dotación gratuita de Uniformes y Útiles Escolares”.
Respecto a la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.197/2020, el Consejo General del IAIP determinó que la SEFIN debe proporcionar versión pública de todo tipo de documentos que hayan solicitado por los órganos de control y fiscalización estatales y federales sobre el programa “Dotación gratuita de Uniformes y Útiles Escolares”.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0454/2020/SICOM, el IAIP modificó la respuesta de la Secretaría de Finanzas y le ordenó que a través de su Unidad de Transparencia realice las gestiones y una búsqueda exhaustiva de los saldos promedio mensuales en el periodo enero-agosto de cada cuenta reportada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Respecto al expediente R.R.A.I.113/2020 y sus acumulados R.R.A.I.123/2020, R.R.A.I.129/2020, R.R.A.I.131/2020, R.R.A.I.133/2020 y R.R.A.I.139/2020, se determinó que la Secretaría de Finanzas debe realizar una búsqueda exhaustiva de la información e informar al recurrente al respecto.
Finalmente los recursos de revisión en contra de Secretaría de Finanzas (R.R.A.I.0411/2020/SICOM, R.R.A.I.169/2020, R.R.A.I.153/2020 y su acumulado R.R.A.I.165/2020, R.R.A.I.0406/2020/SICOM y R.R.A.I.0434/2020/SICOM), Tribunal Superior de Justicia (R.R.A.I.0455/2020/SICOM), Secretaría de Economía (R.R.A.I.0465/2020/SICOM), Secretaría General de Gobierno (R.R.A.I.0498/2020/SICOM) y Comisión Estatal del Agua (R.R.A.I.0045/2021/SICOM) fueron sobreseídos.
En la resolución a los recursos de revisión en contra del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (R.R.A.I.170/2020), Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (R.R.A.I.0013/2021/SICOM y R.R.A.I.0023/2021/SICOM) y Secretaría de Finanzas (R.R.A.I.161/2020, R.R.A.I.0001/2021/SICOM, R.R.A.I.0005/2021/SICOM y R.R.A.I.113/2020 y sus acumulados R.R.A.I.119/2020, R.R.A.I.121/2020, R.R.A.I.125/2020, R.R.A.I.127/2020, R.R.A.I.135/2020 y R.R.A.I.137/2020) fue confirmada la respuesta de estos sujetos obligados.