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Investiga Defensoría posibles violaciones a DH en SLDC
Oaxaca.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca investiga probables violaciones a los derechos humanos de los ciudadanos J. A. L. R. y E. M. D. por actos de molestia en la propiedad, la libertad y la seguridad jurídica, atribuidos a elementos policiales del municipio de Santa Lucía del Camino.
La Defensoría inició el 2 de marzo último el expediente DDHPO/623/(01)/OAX/2016, tras recibir la comparecencia del ciudadano J. A. L. R., quien reclamó que el 26 de febrero de este año inspectores y elementos de la policía del municipio de Santa Lucía del Camino colocaron sellos de clausura en su negocio de compra-venta de equipos comerciales.
Enfatizó que dichos servidores públicos, sin acreditarse ni mediar orden alguna, colocaron en forma arbitraria sellos de clausura a su negocio, el cual se ubica en la jurisdicción de Santa Lucía del Camino.
El quejoso aclaró que al momento de la clausura estaba ausente de su local, por lo que tras ser informado de los hechos por su empleada, la ciudadana E. M. D., y al no existir orden fundada ni motivada, instruyó a dicha trabajadora para que rompiera los sellos y abriera el local.
Agregó que desde esa fecha el local se mantuvo abierto, pero el 2 de marzo, nuevamente y sin mediar orden alguna, los inspectores clausuraron la negociación y se llevaron detenida a la ciudadana E. M. D., quien fue trasladada en un vehículo oficial a las instalaciones de la policía municipal de Santa Lucía del Camino.
El quejoso dijo que a la ciudadana E. M. D. le informaron que el motivo de su detención se debía a que la acusaban de haber roto los sellos colocados por los agentes de policía.
El reclamante solicitó la intervención de la Defensoría para que se investiguen los sucesos narrados y para que su empleada fuese liberada, bajo el argumento de que la clausura fue ilegal porque en las dos ocasiones en que se le fue cerrado su negocio, los inspectores no le notificaron ninguna orden u oficio del motivo de la clausura, ni con anterioridad se le notificó el acto para poder defenderse.
Por ello, personal del organismo defensor se constituyó en el municipio de Santa Lucía del Camino para constatar que la ciudadana E. M. D. fuera liberada previo pago de fianza.
Además, la Defensoría solicitó la colaboración del presidente municipal de Santa Lucía del Camino, Galdino Huerta Escudero, para que instruya a los servidores públicos señalados como probables responsables a fin de que, en un plazo de 15 días hábiles, emitan un informe detallado con relación a los hechos reclamados, a efecto de que el organismo defensor pueda dar seguimiento al caso.
En su actuación, la Defensoría también solicitó a la autoridad municipal buscar alternativas que permitan solucionar el problema existente entre la parte quejosa y los servidores públicos señalados, o bien, de llegar a un acuerdo o convenio que permita dar por terminadas las probables violaciones a derechos humanos que se reclaman, dicho ayuntamiento lo haga informe al organismo defensor.
El organismo defensor advirtió al presidente municipal de Santa Lucía del Camino que de no cumplir con la rendición del informe que le solicitan, o de no proporcionar la documentación que lo apoye, así como del retraso injustificado en su presentación, tendrá el efecto de que, en relación con el trámite del asunto, se tengan por cierto los hechos narrados, salvo prueba en contrario.