- Sociedad
Emitió Defensoría medidas cautelares para tres personas retenidas en Santiago Apóstol, Ocotlán
Oaxaca.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca dirigió una medida cautelar dirigida a la Fiscalía General de Justicia del estado y al presidente municipal de Santiago Apóstol, Ocotlán, para que implementen los mecanismos necesarios que salvaguarden los derechos humanos del personal médico de la clínica comunitaria y del regidor de hacienda, luego de que fueran retenidos por la policía municipal de dicha comunidad.
El organismo defensor inició el expediente DDHPO/289/(01)/OAX/2016 con motivo de la llamada telefónica de la ciudadana V. S. J., quien refirió que el 17 y el 18 de febrero último fueron detenidos en Santiago Apóstol personal de la clínica comunitaria del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) junto con el regidor de hacienda local.
La quejosa agregó que la detención y traslado a los separos de las tres personas por parte de policías municipales de Santiago Apóstol se debió a que las primeras estaban trasladando medicamentos de la clínica local del IMSS a otra comunidad.
La Defensoría recopiló información difundida en medios de comunicación que indica que la detención de J. L. R, actual regidor de hacienda de Santiago Apóstol, y de la enfermera E. V. V., así como de otra mujer, ocurrió la noche del miércoles 17 de febrero último, luego de que las y los habitantes de dicha población los descubrieran cuando sacaban medicamentos de la clínica del IMSS local.
Ante este suceso, la Defensoría solicitó a la Fiscalía la adopción de una medida cautelar, consistente en instruir a un agente del Ministerio Publico para que se constituyera en Santiago Apóstol y, en el caso de que las y el retenidos hubiesen incurrido en la comisión de algún delito, solicitara a quien realizó la detención que los pusiera a su disposición, o en caso contrario, dejara a esas personas en inmediata libertad.
El organismo defensor también solicitó al presidente municipal de Santiago Apóstol instruir a quien corresponda a fin de que, en el caso de que las y el retenidos hubiesen incurrido en la comisión de un delito, los pusiera a disposición del agente del Ministerio Público, les aplicara la sanción administrativa a que fuesen acreedores o, bien, los dejara en inmediata libertad.
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