Inconstitucionalidad De La Ley De Seguridad Interior. Guardia Nacional Militarizada.

  • Jorge E. Franco Jiménez

 

 

Es atrayente interpretar como funciona el poder en la toma de decisiones fundamentales vinculadas a la seguridad pública en la etapa de transición  para el relevo del presidente de la República cubierto por el esquema de leyes no escritas que, al margen de todo ordenamiento constitucional, hacen funcionar la consumación de las políticas públicas del gobernante en turno o futuro, asistiendo la combinación de su implementación, como acaba de suceder con la Ley de Seguridad Interior, declarada inconstitucional e invalidada en su totalidad y, en paralelo, el anuncio del Presidente Electo Andrés Manuel López Obrador y su área de seguridad, delPlan de Seguridad 2018-2024, como forma de enfrentar el grave problema de inseguridad que se vive en el país, en sustitución de aquella.

Este tipo de actos no son espontáneos en la forma y tiempos en que se conciertan. La Suprema Corte limpia el sendero de la propuesta del presidente electo, al desaparecer, en su totalidad, la Ley de Seguridad Interior, lo cual inhibe la participación de las fuerzas armadas en cuestiones de seguridad pública, amén de que, de acuerdo con el beneplácito no unánime de los ministros que acaban de resolver la inconstitucionalidad del ordenamiento citado, el Congreso no está facultado para legislar en materia de seguridad interior, aunado a la invalidez detectada de varios de sus preceptos.

Al unisonó, el presidente electo anuncia una guardia civil nacional que se integrará con los efectivos de las policías Militar, Naval y Federal, a los que se añadirán 50 mil jóvenes. Citan los medios que “El presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, encabezó la presentación del Plan de Paz y Seguridad 2018, en el que ratificó la conformación de una Guardia Civil Nacional y la creación de 266 coordinaciones territoriales de seguridad, para 2021. Detalló que la Guardia Nacional se integrará gradualmente, al sumar unos 20 mil miembros de la Policía Federal que no estén corrompidos, y los efectivos de las policías Militar y Naval, para finalmente abrir el reclutamiento a la población en general para inscribir a 50 mil elementos, que deberán ser capacitados. López Obrador reconoció que las policías Federal, estatales y municipales no tienen la preparación adecuada para combatir el crimen organizado, además de algunos elementos estar corrompidos. La verdad, hay mucha descomposición en estos cuerpos policiales. Con honrosas excepciones, hay falta de profesionalismo y de integridad”.

Me parece que esta estrategia de limpiar primero el orden jurídico mediante la desaparición de la Ley de Seguridad Interior, para dar paso a otro proceso de reformas para crear una guardia nacional militarizada, no es más que una deformación de la misma realidad que prevalece en materia de seguridad pública para seguir en el vacío institucional que evidenció la participación de las fuerzas armadas en asuntos civiles y hacer nugatoria nuevamente la garantía de legalidad prevista en el artículo 21 constitucional.

Las deficiencias que se invocan de los cuerpos policiacos federales, locales y municipales como causa, no son responsabilidad de las población, sino de la ineficacia de las políticas públicas que han implementado los gobernantes federales en turno, como eje rector de los sistemas de coordinación  de seguridad nacional que, como se reconoce en cada sexenio, este que está por empezar no es la excepción, no han funcionado, sino más bien han institucionalizado la corrupción en los tres niveles de gobierno, en contradicción con el postulado que dispone que las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil y se regirán por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución.

La propuesta del Presidente electo autoriza la intervención de miembros de las fuerzas armadas, policías militares y de la naval, pero ahora con el uniforme de una guardia civil nacional,  argumentando que como policías de esas fuerzas no responden a la misma formación que el resto de los miembros de los institutos armados; razonamiento que agravia la inteligencia de los mexicanos que sabemos que los miembros de las mismas tienen una preparación adecuada y ajustada a su normatividad que solo establecen diferencias de rango que no implican distinta concepción de su profesión militarizada. Ello se confirma si se toma en consideración que dicha guardia quedara bajo el mando de la Secretaría de la defensa Nacional.

En anterior colaboración opiné que, con independencia de los aspectos de inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior que hoy ha sido declarada inconstitucional, es necesario visualizar que los excesos autoritarios que provocan inseguridad jurídica para el gobernado, son evidencia objetiva de que el estado mexicano ha sido incapaz de crear y mantener un sistema igualitario de seguridad pública y que esa situación es solo imputable al gobierno federal, ya que este último es quien organiza el Sistema Nacional. La Guardia Nacional no es solución a la inseguridad pública prevaleciente, como no lo han sido la gendarmería nacional, ni la intervención de las fuerzas armadas.

Las consideraciones de la Suprema Corte respecto a la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior de la gran mayoría de su articulado, son validas para estimar que la propuesta de la guardia nacional que se propone y su integración, queda sujeta a las mismas razones vertidas en la declaratoria de invalidez de la ley mencionada, dado que el elemento central es la intervención de las fuerzas armadas en cuestiones de seguridad pública, y si ahora a soldados y marinos de les uniforma de guardias nacionales para esas funciones bajo el mando de la Secretaria de la Defensa, subsistirá el mismo vicio de inconstitucionalidad.

La experiencia acredita que la afectación a los derechos humanos de la población ha sido mayor al resultado de la guerra de las fuerzas armadas contra el crimen organizado. Ante la propuesta del equipo de transición en conveniente reflexionar sobre algunos antecedentes que señalan: “El constituyente de 1917 y el primer jefe Carranza, conscientes de los peligros que el ejército regular representaba para la libertad de los habitantes y para la estabilidad de las instituciones políticas, intentaron levantar ante él, como contrapeso y para neutralizarlo, una guardia nacional formada por civiles que fuera, en caso de conflicto, la que pusiera orden en la sociedad y la defendiera de eventuales peligros; que fuera la ciudadanía la que pusiera el orden a la ciudadanía y no un órgano castrense profesional, al que se dio intervención en la materia sólo en los casos de guerra (artículo 129). Los gobiernos emanados de la revolución y el ejército han hecho nugatorio ese derecho de los mexicanos. La guardia nacional sólo tiene existencia teórica; la alusión que se hace de ella en las leyes es para hacerla depender del ejército regular, lo que va contra la constitución; teóricamente deben pertenecer a ella aquéllos que, por su edad, están incapacitados para desempeñar en forma efectiva sus responsabilidades como parte de ella.”

 

[email protected]