RESIDENCIA EFECTIVA. CIUDADANOS OAXAQUEÑOS NO NACIDOS EN EL ESTADO. EFECTOS JURIDICOS.

  • Jorge E. Franco Jiménez
Semana de intensa actividad de los aspirantes con posibilidades, y los señuelos, a Gobernador.....

Semana de intensa actividad de los aspirantes con posibilidades, y los señuelos, a Gobernador del Estado, en respuesta al anuncio que hizo el Comité Ejecutivo Nacional del tricolor, Manlio Fabio Beltrones Rivera, de la inminente de convocatoria para participar en el proceso interno de precandidatos, y el vencimiento del plazo para que se separen del cargo público los que anhelen competir; ruta en la transitan el Senador Eviel Pérez Magaña, Alejandro Murat, Héctor Pablo Ramírez Puga, Samuel Gurrión, José Antonio Hernández Fraguas, se especula también acerca de la posibilidad de que sea, Gerardo Gutiérrez Candiani, o el actual Secretario de Gobierno Alfonso Gómez Sandoval Hernández, el candidato,  como herramienta que diluya los afanes de dos de los ex gobernadores que impulsan delfines, tiburones y esquiroles.

Circulan imágenes de las reuniones que han celebrado destacando que todos buscan la unidad de Partido Revolucionario Institucional, que respetan los tiempos de éste para participar en la contienda, aunque abiertamente, llevan a cabo actos que destacan la labor personal de cada uno en la vida política, en los beneficios que han gestionado, de alguna manera, para los Oaxaqueños, presupuesto; vinculados, todos por el anhelo de desarraigar la pobreza en el Estado, su amor por esta tierra, y la preocupación por servir al pueblo en el próximo periodo de gobierno.

La inquietud en el Revolucionario Institucional, es la división existente entre los miembros y simpatizantes, por la falta de un liderazgo que logre convencer a los diversificados grupos que existen al interior, identificados con intereses en contradicción, que han creado un entorno de parcelación, que imposibilita avizorar sea superado para este proceso de elección de gobernador; este croquis, semejante del de las tribus del PRD, no viabiliza arribar a un acuerdo que los fusione en el objetivo político ideológico que establecen los estatutos.

En este esquema habrá que revisar con minuciosidad, los requisitos constitucionales y legales que deben cubrirse para poder ser elegible, resaltando, como se ha venido señalando, el del plazo de la residencia efectiva de cinco años para los ciudadanos Oaxaqueños no nacidos en el Estado, plazo que fue ratificado por la Suprema Corte, al declarar inconstitucional, la reforma hecha por la Legislatura del Estado, para reducirlo a tres.

Sin embargo, como todas las cuestiones jurídicas, en casos concretos, puede tener consecuencias disímiles, como resultado de las evidencias que se aporten para acreditarla, o para impugnarla en el orden constitucional o de legalidad, por cuanto que se defina objetivamente la residencia efectiva de cinco años por parte del candidato, en lo particular cuando se objete tal condición, es decir, esa categoría  queda sujeta a la casuística de la demostración.

Al respecto es necesario conocer algunos criterios del Tribunal especializado, como lo es la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral, para que se reflexione, sobre este tema que, para el Estado de Oaxaca, en esta próxima elección de precandidatos y candidatos que participen, Debe precisarse que la Suprema Corte, en la reciente declaratoria de inconstitucionalidad que hizo sobre el tema del plazo, no afectó la realidad para ser elegible de un candidato, sino que desautorizó una desaseada medida legislativa del Congreso Local que había reducido el plazo de cinco años.

En el caso de Xóchitl Gálvez Ruíz, actual Delegada del Gobierno del Distrito Federal, se trató el tema de la residencia efectiva, en relación a que su credencial de elector, que señalaba como su domicilio un lugar distinto al de la ciudad de México Distrito Federal. El Tribunal Electoral Federal, consideró probado el requisito de la residencia, con otra evidencias, como fueron el Certificado de residencia expedido por el Director de Asuntos Jurídicos y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en el que se certificó que en el  expediente aparecen diversos documentos donde consta que la ciudadana Bertha Xóchitl Gálvez Ruíz tiene su residencia principal desde hace más de tres años en un domicilio ubicado en la referida delegación, en la ciudad de México.

Tomó en consideración diversos estados de cuenta de pago del impuesto predial a su nombre en los que se advierte el mismo domicilio referido por la autoridad delegacional, de dos mil once, dos mil doce, dos mil trece y dos mil catorce; recibos de la Comisión Federal de Electricidad, en los que se aprecia el nombre de la referida ciudadana, y el mismo domicilio en esta Ciudad de México, correspondientes a dos mil once, dos mil doce, dos mil trece, dos mil catorce, dos mil quince, de Teléfonos de México, en los que también se aprecia el nombre de la referida ciudadana y el mismo domicilio, correspondientes a dos mil doce, de Telcel en los que también se aprecia el nombre de la referida ciudadana y el mismo domicilio, correspondientes a dos mil once.

Con esas probanzas el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación declaró que se acreditó su residencia en el Distrito Federal por más de tres años efectivos como se establece en el artículo 105, fracción III del Estatuto de Gobierno de la Referida Entidad Federativa, y revoca y deja sin efectos, la determinación en contrario, del Instituto Electoral del Distrito Federal.

Para justificar su decisión desde el punto de vista Constitucional, tomó en consideración lo dispuesto por el artículo 1º, de la Constitución que impone como obligación de toda autoridad jurisdiccional, optar por la medida menos restrictiva del derecho humano intervenido, en este caso, el político de votar y ser votado.

En estas condiciones se aprecia que el candidato no nacido en Oaxaca, podrá acreditar, el requisito de la residencia efectiva de cinco años, con pruebas idóneas, en el caso de que se objete su elegibilidad por ese motivo, aun frente a otros documentos como sucedió el caso de la actual Delegada de Miguel Hidalgo en el Distrito Federal Xóchitl  Gálvez Ruíz, en que se controvirtió dicho requisito, bajo el supuesto de que su credencial de elector tenía un domicilio diferente al que probó tener en el Distrito Federal; por lo pronto habrá que esperar el cuatro de diciembre para ver quienes renuncian a su cargo, sin descartar anticipadamente a alguno de los ahora aspirantes, por el tema de la residencia efectiva de cinco años.

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