Corresponsabilidad social y publica en la etapa de la pandemia.

  • Jorge E. Franco Jiménez

 

                                                              

 

Inicio de semana en sana distancia y permanecer en casa implican una responsabilidad social que surgen como elementos esenciales del derecho a la conservacion de la salud que constitucional y convencional de los derechos humanos se actualizan al insertar a la población en el cuidado de la salud pública cuya protección, tutela garantía y protección corre a cargo de la autoridad en cuanto a la estructura material, humana, instrumentos, insumos y atención adecuada por parte de profesionales de la salud en todo el sistema público y privado que, por razón obvia, queda automáticamente incorporado al sistema oficial pues ante la emergencia que requiere de medidas extraordinarias sujetos a la autorización, revisión y supervisión del sector salud del estado.

 

La corresponsabilidad social es una carga colectiva que tiene que ver con los diversos componetes del Estado Mexicano que son gobierno, poblacion y territorio involucrados todos ahora, en cuidar la salud pública, asì como la individual de los habitantes en todo el territorio nacional que impone a  los oaxaqueños hacer lo mismo en el nuestro, guardando la sana distancia de manera extrema, quedandonos en casa sin pretextos ni excusas para demostrar con ello, a la autoridad  de la entidad, que sus habitantes cumplimos con nuestro deber social dee contribuir para evitar el el contagio comunitario en extremo.

 

La parte que nos toca como habitantes debe ser cumplida para poder exigir a las otras dos partes el Gobierno Federal y de la entidad Oaxaqueña  que observen la que les corresponde, en ejercicio de las facultades extraordinarias que se han conferido a traves de diversos decretos que consisten en propieciar la atención adecuada, suficiente y profesional de los medicos que están y estarán en la trichera en los hospitales publicos y privados, vinculado a que se les proporcionen las instalaciones y las herramientas de protección, pues en contrasentido se da a conocer que en hospitales publicos el personal se ha contagiado.

 

La población si no cumplimos nuestra parte, seremos responsables de la propagaciòn del mal y el riesgo de perder la vida; el estado será resposable de los daños a la vida, integridad fisica, patrimonial y económica, laboral del pueblo, por las omisiones que se han detectado en cuanto a el retraso en la toma de medidas preventivas inmediatas, como ahora se aprecia en la ciudad de Mèxico, en que se autorizó un evento musical multitudinario que ya tuvo la primera consecuencia conocida, un policia que estuvo en ese evento, que ha fallecido, y del cual la gobernadora sehimban, declaro que dicho acto no habia motivado contagios palabras desmentidas por la actual realidad.

 

Lo que esta sucediendo en el Seguro Social es grave prueba de actos de omisiòn de efectos trascedentes por pertenecer al sector salud federal. En Oaxaca y especificamente de la unidad hospitalaria de ese instituto ubicada en la capital se han capacitado a un buen número de medicos para enfrentar la parte crítica de la pandemia, sin embargo, hasta la fecha no se les han proporcionado en cantidad suficiente los elemetos para su protección para atender directamente a los pacientes con este padecimiento, no se cuentan con la vestimenta y accesorios de proteccion sanitario personal, ni para llevar a cabo de inmediato las pruebas relativas y resultados, así como los ventiladores. Recrudece esta omision el que con motivo de ello se condene a la perdida de la vida a cierto segmento de la población al disponer que, por insuficiencia de equipos, los ventiladores se apliquen a personas con mayor opción de vida, por razones de edad, pues ello es un acto de discriminación que provoca la perdida de vidas, en contra de lo que dispone el artículo 1º de la Constitución que tiene como secuela una sanción por violación de derechos humanos.

 

En Oaxaca se inician juicios de amparo por parte de personal del Seguro Social esta exigiendo que se les proporcionen las herramientas adecuadas para su protección y de la poblaciòn pues ello es esencial para evitar la propagación del virus, como sucedió en el Seguro Social de Coahuila; en la demanda relativa se citan los antecedentes del mal y se hace una descripción acerca de los diversos medios de protección para el personal de salud que tiene a cargo la atencion de pacientes que es necesario conocer para saber el porqué de su exigencia.

 

Un Juez de Distrito en el Estado de Oaxaca con vista en la demanda de protección de los derechos humanos de personal sanitario del hospital del Seguro Social en esta ciudad, otorgó la suspensión de plano. Los efectos de la medida son para que las autoridades de salud, sin excusa proporcionen a los peticionarios el equipo sanitario de protección, e insumos necesarios para que no se contagien al interior del hospital del Seguro Social cuando estén atendiendo a los pacientes de este mal y pongan en peligro su vida; esta determinación y otras similares en otras entidades ubican jurídicamente el quehacer de las autoridades sanitarias federales, estatales y municipales para que lleven a cabo las acciones indicadas de inmediato, con lo cual se cubre el hueco que dejan  las promesas discursivas.

 

Uno de los medios para la protección de los derechos humanos en una situación de emergencia, es el juicio de amparo, mismo que se fortalece en estos momentos como el instrumento idóneo, para preservar el orden jurídico relacionado con la salud pública, en un momento crítico y de posibles actos anticonstitucionales que ponen en riesgo la seguridad jurídica en el Estado Federal Democrático Mexicano.

 

La epidemia es un asunto de salud pública que potencializa el interés legítimo de todos los habitantes de la República para ejercer las acciones jurídicas y exigir que las autoridades sanitarias protejan, garanticen y tutelen de manera eficaz y eficiente el derecho a la salud, incluyendo al personal sanitario. Sin desconocer que la política y los políticos actuales aprovechen la situación con afanes electorales, lo cierto es que la decisión del Juzgado Federal nos coloca exactamente en lo que al derecho le corresponde, generar en favor de los habitantes de la República frente al Covid 19, el respeto al derecho humano a la salud, dignidad y no discriminación.

 

 

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