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De 6 meses a 3 años de cárcel para quienes ejerzan violencia laboral en Oaxaca, propone Aleida Serrano

Además, si se ejerce contra mujeres la pena podría ser mayor.

Oaxaca. Ante el aumento de violencia laboral en Oaxaca, la cual viola los Derechos Humanos de las trabajadoras y trabajadores, la diputada local de la Fracción Parlamentaria de Mujeres Independientes Aleida Serrano Rosado propuso penas severas para frenar este tipo de violencia.

La legisladora inscribió su iniciativa con proyecto de decreto, para ser incluida en el orden del día de la Sesión Ordinaria de la Diputación Permanente del miércoles pasado.

En su exposición de motivos, la legisladora indica que, en nuestro país, el derecho al trabajo digno se encuentra contemplado en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo la premisa que cada persona debe trabajar bajo condiciones laborales que garanticen su integridad física, psicológica y/o social, con la finalidad de que puedan adquirir los medios básicos para su subsistencia y la de su familia.

Abundó que las personas conviven en los centros laborales más de la mitad del día, por lo que es primordial que las relaciones laborales se desarrollen dentro de un clima de respeto y seguridad, tanto física como psicológicamente. Sin embargo, cuando el clima laboral se ve alterado por situaciones de violencia laboral, hostigamiento y acoso sexual, la consecuencia es un ambiente conflictivo, agresivo y apático, lo que lleva a que exista una baja productividad y un deficiente desempeño laboral. Todo ello, limita a su vez el desarrollo integral de las personas, ya que se ve afectada no solamente su vida laboral, sino en los ámbitos social y familiar en que se desenvuelven.

Indicó que, no obstante, en las últimas décadas a nivel mundial, pero especialmente en México, se ha presentado un fenómeno que cada vez es más frecuente en el ambiente laboral, y que se pone de manifiesto con el actuar de unas personas contra otras, lo que origina un acto de injusticia que atenta contra los derechos humanos. Este fenómeno es conocido como mobbing o acoso laboral, que es definido como aquella situación en la que una persona o grupo de personas ejercen violencia psicológica, de forma sistemática y recurrente sobre otra u otras en el ámbito laboral, con la finalidad de afectar la comunicación de la víctima con otras personas, dañar su reputación, perturbar el ejercicio de sus tareas laborales, y hasta orillar a que una persona abandone su trabajo.

Señaló que, el mobbing o acoso laboral, debido a las consecuencias y afectaciones que trae hacía la persona que lo sufre, es considerado como un delito, en países como Suecia, Noruega, Gran Bretaña, Francia, Alemania, Italia, España, Australia y Estados Unidos. En el caso de América Latina, de acuerdo con diversos estudios, se ha demostrado que el 53% de las personas más perjudicadas por el acoso laboral, lo son las mujeres, por motivos que van desde el embarazo, el puesto que ostentan, su sueldo, o bien, por el solo hecho de su condición de ser mujeres.

Además, precisó que, la violencia laboral se puede manifestar en agresión física (es decir, una conducta dirigida a ocasionar un daño físico sobre el trabajador o trabajadora); acoso sexual (que puede ir desde una conducta o comentario con connotación sexual basado en el poder, no consentido por quien lo recibe); o bien, en la violencia psicológica (que va desde un maltrato modal o verbal, sobre un trabajador o trabajadora buscando desestabilizarlo, aislarlo, entrometerse en su vida privada, destruir su reputación, hasta deteriorar su autoestima).

Ante esta situación para las trabajadoras y trabajadores, Aleida Serrano propuso establecer una sanción de carácter penal para quienes ejerzan violencia laboral (en todas sus modalidades), y cuya pena será de 6 meses a 3 años y de cien a doscientas veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.

En esta iniciativa se prevé también que, si una persona ejerce violencia laboral en contra de una o varias mujeres, la pena se agravaría con 3 meses y 1.5 años más de sanción.

Hay que precisar que también se propone que dicho delito se persiga por querella.

 

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