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Suplente asumirá Presidencia Municipal de Tlaxiaco: TEEO

La ley ante cualquier capricho político de grupo.

Oaxaca.- Por unanimidad de votos el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, declaró fundado el agravio promovido por Gaudencio Ortiz Cruz, suplente del primer concejal, de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, quién demandó la omisión de los integrantes del Cabildo de la referida comunidad de llamarlo para rendir la protesta de ley y asumir el cargo de Presidente Municipal.

Lo anterior, en razón del fallecimiento de Alejandro Aparicio Santiago, ex presidente municipal del citado municipio, y conforme a los artículos 115, fracción I, cuarto párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 113, fracción I, quinto párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, es el suplente quién debe ser requerido por el Ayuntamiento para que asuma el cargo.

Al encontrarse un impedimento para que el actor pueda ocupar el cargo de Presidente Municipal, la Magistrada y los Magistrados declararon fundados los agravios y ordenaron al demandante Gaudencio Ortiz Cruz, en su carácter de Presidente Municipal de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, convoque a los integrantes del citado Ayuntamiento, a una Sesión Solemne de Cabildo, en la cual deberá rendir protesta como Presidente Municipal ante los demás concejales.

Cabe mencionar, que en el capitulo de efectos de la sentencia se vinculó a los integrantes del ayuntamiento de la Ciudad de Tlaxiaco, comparezcan al desarrollo de la Sesión de cabildo, si con motivo de su inasistencia el actor no pudiera rendir protesta del cargo conferido este tribunal ordenará que dicho acto sea celebrado ante una autoridad diversa.

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