• Educación

Emprende IEEPO acciones para simplificar trámites de escolares migrantes

Se capacita al personal y se instruye a las Unidades Delegacionales de Servicios Educativos sobre las nuevas medidas.

Oaxaca.- Ante la disposición establecida por la Secretaría de Educación Pública (SEP) para facilitar a las y los estudiantes en condiciones económicas y sociales de desventaja su inserción al sistema educativo nacional, el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) emprendió diversas acciones que permitirán garantizar la igualdad al acceso y permanencia a la educación a la que tienen derecho las niñas, niños y adolescentes en la entidad.
  
A través del Departamento de Registro y Certificación Escolar, el IEEPO capacita al personal de Control Escolar de las Unidades Delegacionales de Servicios Educativos (UDSE) en Oaxaca y se entregan los oficios correspondientes de la Dirección  General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la SEP para que se cumplan con las normas para el ingreso de estudiantes en tránsito en el sistema educativo nacional.
  
Este trabajo forma parte de las acciones emprendidas por el Gobierno de la República para reconocer los estudios realizados en el extranjero a través de un procedimiento simplificado por las distintas autoridades educativas que faciliten la inserción de las y los estudiantes al sistema educativo nacional y estatal.
  
La SEP, a través de la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Coordinación, alude que los tres órdenes de Gobierno están obligados a garantizar la igualdad sustantiva en el acceso y permanencia de las y los escolares, facilitando los trámites de inscripción y reinscripción al sistema educativo nacional.
 
 Las normas específicas de control escolar relativas a la inscripción, reinscripción, acreditación, promoción, regularización y certificación en la educación básica tienen como fin facilitar el tránsito de las y los escolares para que accedan a los servicios educativos en donde se encuentren inscritos, así como para garantizarles sus procesos de evaluación, cuando por motivos de su condición no puedan presentarlos en los tiempos programados.
 
 Se establece que la falta de la Clave Única de Registro de Población y la documentación requerida para inscripción o reinscripción no serán obstáculo para garantizar sus derechos, entre ellos el acceso a la educación, tal y como lo establece la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
 

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