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Impulsa PRD modificaciones a la Ley Estatal de Presupuesto

De la 63 Legislatura del Congreso de Oaxaca.

Oaxaca.- El diputado local y coordinador de la bancada del PRD en la 63 Legislatura Local, Carol Antonio Altamirano Toledo, presentó un conjunto de modificaciones a la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con la finalidad de poner orden y mejorar la regulación sobre el endeudamiento público, de manera que Oaxaca armonice su legislación respecto de la reforma constitucional y de la Ley de Disciplina Financiera.

 

“En el ámbito federal, y espero que también lo sea en ámbito estatal, se generó un consenso para acotar y mejorar la contratación de empréstitos en las entidades federativas”, señaló.

 

El diputado del PRD dijo que debe decirse que el fenómeno del endeudamiento no es homogéneo. Atajando que por un lado están casos extremos como Coahuila, Tabasco, Chihuahua, Veracruz y Nuevo León y por otro, un conjunto de entidades que simplemente mantuvieron la tendencia histórica.

 

“Por ejemplo, en el caso de Oaxaca, se habla de una deuda de más de 14 mil millones de pesos, que representa poco más del 4% del Producto Interno Bruto, en un estado sin crecimiento, lo cual indica que algo tenemos que hacer al respecto”.

 

Desde la Máxima Tribuna de Oaxaca, señaló que la Reforma en materia de deuda a nivel federal, establece un conjunto de cambios que deben adoptarse  por todas las entidades federativas, y solamente en el caso que se solicite la ayuda federal como garantía para las deudas locales, tendrán que asumir exigencias adicionales por medio de convenios.

 

“Ahora que inicia la nueva administración, la Fracción Parlamentaria del PRD, considera oportuno que la normatividad estatal se homologue y armonice con las disposiciones federales”, precisó.

 

¿Cuáles son las principales modificaciones que propone el PRD?

 

En síntesis, son ocho:

 

1.     Definir y precisar el destino del endeudamiento únicamente para inversión pública productiva, para que no haya ninguna posibilidad de financiar otros conceptos o dejar de registrar cualquier tipo de endeudamiento.

 

2.     Establecer que las proyecciones de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público, abarquen un periodo de cinco años, así habrá una estimación amplía del endeudamiento y no habrá cifras ocultas. 

 

3.     Mandatar la generación de estudios actuariales para estimar la proyección de las prestaciones laborales, que deberán actualizarse cada tres ejercicios fiscales.

 

4.     Establecer que los municipios de más de  200 mil  habitantes deban alinear sus leyes de ingresos  y elaborar previsiones de ingresos y egresos por un  periodo de tres años. Lo que significa que en la capital de nuestro estado también deberá haber planeación financiera.

 

5.     Fijar una previsión para construir un fondo para desastres naturales, que no sea menor al 10% promediado en lo gastado en los cinco años anteriores, lo que constituirá una reserva indispensable ante estas contingencias.

 

 

 

 

 

6.     Fijar un destino específico para los ingresos excedentes, que deberán destinarse 25% a programas y proyectos de inversión en infraestructura; 25% a programas dirigidos a grupos poblacionales en situación de desventaja y acciones para construir equidad de género; el 50% para la amortización anticipada de la Deuda Pública, el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores y otras obligaciones.

 

Con esta disposición se evitará la mala práctica de subestimar el ingreso, porque al momento de identificarse un ingreso excedente se deberá asignar a lo que establece la ley.

 

7.     Se limita la deuda de corto plazo a 6% de los ingresos totales aprobados en las leyes de ingresos del Estado o de los municipios.

 

Además, las obligaciones a corto plazo deberán pagarse antes de que concluya el periodo de gobierno correspondiente y no se podrán contratar nuevas obligaciones durante esos últimos tres meses, considerando además que para su contratación se debe realizar un proceso competitivo por lo menos con cinco diferentes instituciones financieras.

 

8.     La asignación global de servicios personales sólo podrá incrementarse en 3%, con lo cual se contiene el gasto corriente.

 

Con estos cambios se logrará que Oaxaca tenga, en su Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, un contenido armonizado con la reforma constitucional de mayo de 2015 y la reforma legal de abril de 2016.

 

Esta es una de las decisiones que le corresponde aplicar a la nueva administración y que sin duda se reflejará en un uso prudente de los recursos públicos.

 

Aun cuando nuestra entidad no tiene la proporción de endeudamiento de otras entidades, es necesario que las nuevas disposiciones sean asumidas de manera cabal.

 

Invitamos a las diputadas y diputados de todos los grupos parlamentarios a revisar y discutir técnicamente esta iniciativa en beneficio de nuestro estado y con el ánimo de avanzar en la armonización de nuestro sistema jurídico.

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