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Pide Ricardez Vela legislar tarifas del transporte urbano

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Envía al Congreso estatal iniciativa de adición a la Ley del Transporte para regular las tarifas general y de descuentos.

Oaxaca.- La diputada de la Fracción Parlamentaria del PRI en la LXII Legislatura estatal, María del Carmen Ricardez Vela, pide legislar sobre el tema de las tarifas del transporte urbano en Oaxaca y que estén plasmadas en la Ley, tanto la general, como la de los descuentos.

 

Por tal motivo, la legisladora envió una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 116 bis y 116 bis A, a la Ley de Transporte del Estado de Oaxaca.

 

Señaló que esta acciones son en favor de estudiantes desde preescolar hasta el nivel superior, así como para los niños de 3 a 6 años de edad, las personas con discapacidad, adultos mayores y excentar del pago a los niños menores de 3 años.

 

Detalló que en la ciudad de Oaxaca y los municipios conurbados, los descuentos que realizan las empresas concesionarias de este servicio, son establecidos por ellas mismas en forma discrecional, y los beneficiarios de las tarifas con descuentos son los estudiantes de la UABJO, el CRENO, el ITO e ITVO, así como los adultos mayores con credencial del INAPAM.

 

“Al no estar regulado las tarifas con descuentos por la ley, existe el riesgo latente de que las empresas concesionadas suspendan en cualquier momento los descuentos que otorgan, como sucedió en octubre pasado, cuando a muchos adultos mayores les fue suspendido este benefico. Eso es precisamente lo que tratamos de evitar elevando a ley estas tarifas”, recalcó.

 

Ricárdez Vela detalló que el Artículo 16 Bis menciona que el servicio público de transporte colectivo tendrá una tarifa general y otra de descuento. En la general será la que se pague en forma ordinaria por los usuarios, mientras que la de descuento la cubrirán los usuarios que se encuentran en alguna de las condiciones particulares o personales a que se refiere la presente ley. El porcentaje de descuento será del cincuenta por ciento de la tarifa general.

 

En el Artículo 116 Bis A, se menciona quiénes son los beneficiarios de la tarifa de descuento, destacando los estudiantes de todos los planteles educativos con credencial vigente, desde preescolar hasta nivel superior. Los niños de tres a seis años, las personas con discapacidad y los adultos mayores sesenta años. Los niños menoes de tres años, quedarían excentos al pago de la tarifa.

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